La regulación tiene que ser justa, técnica e independiente PDF Imprimir Correo electrónico
Escrito por Redacción   
Martes 17 de Agosto de 2010 21:32
Leonel Fonseca (*)

El 31 de julio último el Organismo Regulador de los servicios públicos de Costa Rica cumplió 82 años de ejercer sus funciones. El Servicio Nacional de Electricidad (SNE) fue fundado al entrar en vigencia la Ley No.77 de 1928, con la cual se nacionalizaron las aguas -tema de gran actualidad cuando algunos ahora pretenden privatizar tan vital recurso- y se instauró la regulación de las fuerzas eléctricas. Ello gracias al liderazgo y lucha de su primer Presidente de la Junta Directiva y Benémerito de la Patria, Lic. Alfredo González Flores, quien fue el líder del movimiento denominado la Lucha Cívica contra la multinacional eléctrica que prestaba un pésimo servicio.

Luego, por la Ley No 258 de 1941, el SNE se transformó en el organismo regulador del suministro eléctrico y en el mismo año, al aprobarse el contrato eléctrico con la Electric Bond and Share -antecesora norteamericana de la CNFL- también se le asignó la regulación y vigilancia del incipiente sistema telefónico a cargo de esa misma empresa extranjera.

Con la aprobación de una serie de leyes el Estado costarricense creó toda la institucionalidad para la prestación de los servicios públicos, asignándole al mismo tiempo al ente regulador nuevas, variadas y complejas funciones, a saber:
- Administrador de las aguas nacionales (1941).

- Regulador del nuevo sistema de telecomunicaciones a cargo del ICE (1963).

- Aprobación de las tarifas de acueductos y alcantarillados (1967)
- Fijación de los precios de los combustibles derivados del petróleo que produce y distribuye RECOPE (1981).

- Fijación de márgenes de transporte y comercialización de los combustibles, según diferentes dictámenes de la Procuraduría General de la República.

- Aprobación de las tarifas de riego y avenamiento del SENARA (1983).

- Concesiones, contratos y tarifas para los generadores privados (1990).

Tarifas para concesiones de obras públicas que otorgue el Poder Ejecutivo y las instituciones descentralizadas (1994).

- Tarifas para el servicio de correos (1998).


El obsoleto marco legal e institucional del SNE -esencialmente para el servicio eléctrico- fue transformado y actualizado mediante la Ley No. 7593 de la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos (Aresep), que empezó a regir el 6 de octubre de 1996, y mediante la cual también se le asignaron los servicios públicos de transporte remunerado de personas de cualquier índole con excepción del aéreo y de carga por ferrocarril, los servicios marítimos y aéreos en los puertos nacionales y los de recolección y tratamiento de desechos sólidos industriales.

Desafortunadamente -y a nuestro juicio en forma inconstitucional- al reformarse el Código Municipal en 1998 se le eliminaron las importantes competencias regulatorias de los servicios públicos a cargo de las municipalidades, lo cual era una garantía para los gobiernos locales y para los mismos ciudadanos del financiamiento y desarrollo de los servicios que ellos deben prestar.

Recientemente, y también mediante las leyes respectivas, se le han asignado y definido las fijaciones de tasas y tarifas para la revisión de vehículos a cargo de Riteve, los servicios aeroportuarios y del peaje de la carretera a Caldera. Y mediante la reciente legislación producto del TLC se estableció la Sutel para la regulación de las telecomunicaciones, pero creando un “órgano de máxima desconcentración” -léase un gallo/gallina institucional- y no un organismo totalmente independiente, o bien fortalecer a la Autoridad Reguladora con tal propósito, como textualmente lo establecía el citado tratado.

Tan desafortunada y equivocada decisión ha traido las consecuencias que ya todos conocemos.

De igual o de mayor gravedad son los dos “órganos desconcentrados”: Centro de Control Nacional de la Energía (CECON), y la Autoridad Administradora del Mercado (AAM), que se pretende crear por medio del Proyecto de Ley General de Electricidad presentado en el Gobierno anterior, para terminar de debilitar y hasta aniquilar al ICE, todo ello en favor de la privatización de la energía eléctrica.

Destacada trayectoria. El Ente Regulador de los Servicios Públicos de Costa Rica es el decano, no sólo en Latinoamérica sino en muchos países del mundo, y por ello ha sido miembro fundador de una serie de asociaciones de entes reguladores que para los principales servicios público se han establecideo a nivel latinoamericano, y su labor en tan larga trayectoria nunca ha sido cuestionada por actuaciones irregulares o deshonestas, gracias a que sus funcionarios siempre han tenido muy claro que su función es la de ser árbitro y no de actor o jugador.

Por ello fue coadyuvante para que las empresas concesionarias de los servicios públicos, ya sean de capital estatal, privado, municipal o cooperativo, hayan contado con los recursos financieros y las condiciones operativas que les han permitido que nuestro país cuente con altísimos índices de cobertura, suministro de alta calidad, y sobre todo, a precios justos y sociales, de manera que todos los habitantes independientemente de su capacidad económica tengan acceso a ellos.

Desafortunadamente desde hace algunos años y producto de las corrientes neoliberales de pensamiento,la ignorancia de los conceptos propios de los servicios públicos y menosprecio regulatorio, se han venido implementando políticas y metodologías tarifarias, donde los precios se fijan con base en parámetros del mercado internacional, sin tomar en cuenta como fue el caso del precio de los combustibles derivados del petróleo, que este energético llegó a precios astronómicos en julio de 1998, de $147 por barril, debido fundamentalmente a la especulación y voracidad de los agentes mercantiles. Especulación que fue el inicio de la crisis energética la que a su vez alimentó o propició las crisis alimentaria, financiera y económica de estos últimos años. Por ello los grandes líderes mundiales que sufrieron y todavía sufren en carne propia sus consecuencias han propiciado que se vuelvan a establecer y fortalecer los mecanismos regulatorios.

Nuestro Organismo Regulador en su ley constitutiva actual, No.7593, Art.3 (b), y en las anteriores, tiene un concepto fundamental que nunca deberá olvidarse o incumplirse: ”Principio de servicio al costo. Principio que determina la forma de fijar las tarifas y los precios de los servicios públicos,de manera que se contemplen únicamente los costos necesarios para prestar el servicio, que permitan una retribución competitiva y garanticen el desarrollo de la actividad”.

Lo anterior es muy importante, pues desde hace bastantes meses se han venido cuestionando públicamente las metodologías y modelos que la Aresep implementó para la fijaciones tarifarias, particularmente las de los combustibles y de transporte público. Concretamente, el Presidente de la República en su Plan Escudo contra la Crisis emitido en enero del 2009 incluyó una directriz o instrucción para que se revisara ese mecanismo. Igualmente lo hizo la Defensoría de los Habitantes con toda amplitud y argumentación ante la Sala Constitucional en coadyuvancia el mismo año.

Por lo anterior, los diputados de la comisión de nombramientos y luego en el plenario legislativo, al conocer y ratificar los nombramientos hechos por el Poder Ejecutivo del nuevo Regulador General y de la Junta Directiva de la Aresep -según consta en las actas respectivas- criticaron los mecanismos tarifarios antes mencionados e instaron a las nuevas autoridades regulatorias para que los analizaran y revisaran, a efecto de que fueran más justos y ajustados a los principios legales y técnicos vigentes.


*Exregulador General, consultor en Regulación y Tarifas de los Servicios Públicos.



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