¿Minería “responsable” en el Siglo XXI? PDF Imprimir Correo electrónico
Escrito por Redacción   
Martes 20 de Julio de 2010 14:24
Jorge Mora Portuguéz (*)

Por qué la minería de oro no debe ser permitida. La minería metálica a cielo abierto es responsable de graves daños al ambiente en diversas partes del mundo. Los costos sociales y ambientales que genera no se compensan con los exiguos beneficios que deja a las comunidades o a los países donde se ha instalado.

En una edición anterior de Página Abierta, el geólogo minero Arauz Cavalini decía que “La minería es necesaria, porque desde un simple martillo hasta un satélite de comunicaciones, pasando por artículos comunes como bicicletas, computadoras, autobuses, teléfonos celulares y este periódico, utilizan para su producción materias primas que provienen de minas”.

Ese argumento falaz que con frecuencia esgrimen las multinacionales mineras se cae por su propio peso; primero porque pone a todo tipo de actividad extractiva en la misma categoría, cuando la minería de oro a cielo abierto, así como otras a base de cianuro, tienen características que las hacen especialmente lesivas dado los pocos beneficios sociales que producen y los graves impactos ambientales que provocan.


Según el World Gold Council (que reúne a las principales empresas mineras del planeta) el 51% del oro que se extrae en el mundo se utiliza para la fabricación de joyas, mientras que solo un 12% se utiliza en la producción de tecnologías. No se justifica, por tanto, semejante impacto para satisfacer la ambición de algunas cuantas personas. Como bien lo decía el Mahatma Gandhi “En la tierra hay suficiente para satisfacer las necesidades de todos, pero no tanto como para satisfacer la citas/avaricia/citas.html" \t "_blank"avaricia de algunos”.

Pero más allá de los fines de la minería, un aspecto fundamental que determina su viabilidad en un país es la aptitud ambiental y las condiciones socioeconómicas que éste pueda tener.

Existen países que por el tipo de ecosistemas, por sus índices de fragilidad ambiental, el tipo de biodiversidad que poseen, sus procesos de planificación territorial, la solidez y capacidad de sus instituciones de regulación, podrían soportar cierto nivel de actividad minera que, aún generando impacto ambiental, sería asimilable o compensable, sobre todo si se trata de materias primas necesarias para bienes de primera necesidad, tecnología, usos médicos, entre otros.

Pero países con vocación ecoturística, con elevadísimos índices de fragilidad ambiental, con ecosistemas sumamente sensibles, ricos en biodiversidad y belleza escénica, como el nuestro, no tienen vocación minera; por tal motivo este tipo de industria no debe ser permitido y, mucho menos, si se trata de minería de oro a cielo abierto.

Por estas razones resulta inaceptable que SETENA haya otorgado la viabilidad ambiental del proyecto Crucitas y que la Sala IV lo haya avalado, sin haber realizado ningún tipo de evaluación ambiental estratégica, ni de impacto global de la minería en el modelo de desarrollo costarricense, limitándose simplemente a aceptar un Estudio de Impacto Ambiental elaborado por la propia minera, que correspondía a un proyecto totalmente diferente al que finalmente pretenden desarrollar. Tampoco se realizaron los estudios de costo beneficio que nuestra legislación establece para declarar este proyecto minero privado como de interés público y conveniencia nacional.

Aún en regiones desérticas como la Patagonia chilena o argentina, o semipolares como el norte de Canadá o Alaska, caracterizadas por su escaza biodiversidad, su reducida población y por poseer ecosistemas menos frágiles que los de las regiones tropicales, las mineras mal operadas, por compañías inexpertas, también han causado desastres ambientales.

Precisamente esto es lo podría ocurrir en Crucitas, con Industrias Infinito, empresa que no tiene ninguna experiencia previa en el desarrollo de emprendimientos mineros en ninguna parte del mundo, que jamás ha operado una mina de ningún tipo, como tampoco lo ha hecho su casa matriz, la canadiense Infinito Gold.

Ejemplos a la vista. Ya tuvimos el caso de la mina Bellavista en Miramar de Puntarenas, la cual fracasó ante la imprevisión de sus administradores, que no consideraron las cambiantes y frágiles condiciones climáticas y ambientales de un país tropical como el nuestro, y que tuvo que cerrar operaciones, sin que se haya logrado todavía determinar la verdadera magnitud del daño ambiental y social ocasionado por el colapso de su laguna de relave.

Pero aún más absurdo resulta el comentario del señor Arauz Cavalini cuando afirma “que hace mucho tiempo que las empresas mineras dejaron de aventurarse cual conquistadores a colonizar territorios. Las mineras del siglo XXI van a la vanguardia en el desarrollo tecnológico, en la seguridad de sus trabajadores, en la mitigación de los impactos ambientales potenciales y en la responsabilidad con las sociedades que las albergan”.

Tan alejado de la realidad está el comentario anterior, que según dice el Parlamento Europeo, “en los últimos 25 años se han registrado más de 30 accidentes importantes relacionados con el vertido de cianuro, en particular hace 10 años, cuando se vertieron más de 100.000 metros cúbicos de agua contaminada con cianuro desde el embalse de una mina de oro al sistema fluvial Tisza-Danubio, lo que causó el mayor desastre ecológico de esa época en la Europa Central, y que no existe ninguna garantía real de que no se vuelva a producir un accidente semejante, especialmente teniendo en cuenta el incremento de las condiciones metereológicas extremas, por ejemplo, fuertes y frecuentes precipitaciones, como se prevé en el Cuarto Informe de Evaluación del Grupo Intergubernamental de Expertos sobre el Cambio Climático” (Resolución del 5 de mayo del 2010 sobre la prohibición del uso de cianuro en la minería).

Si esto sucede en Europa con todos los avances tecnológicos que tienen, ¿qué puede ocurrir en Costa Rica si permitimos que mineras como Industrias Infinito, u otras, operen en nuestro territorio?
En efecto, el riesgo es muy elevado, no solo por el bajísimo nivel tecnológico que tenemos en comparación con Europa, ni por la debilidad de nuestras instituciones reguladoras y fiscalizadoras, sino también porque los países tropicales como el nuestro son de los más afectados por el cambio climático global.

Impacto catastrófico. Continúa diciendo la resolución del Parlamento Europeo que:  “Considerando que el cianuro es una sustancia química altamente tóxica utilizada en la minería del oro y que, en el Anexo VIII de la Directiva marco sobre política de aguas, está clasificado como uno de los principales contaminantes y puede tener un impacto catastrófico e irreversible en la salud humana y el medio ambiente y, por ende, en la diversidad biológica… considerando que es necesario extraer una tonelada de menas de baja calidad para producir dos gramos de oro, lo que genera una enorme cantidad de residuos mineros en las zonas de extracción, mientras que entre un 25 y un 50% del oro se queda finalmente en la pila de residuos; considerando, además, que los proyectos mineros de gran escala que emplean cianuro utilizan varios millones de kilogramos de cianuro de sodio al año, y que un fallo en su transporte y almacenamiento puede tener consecuencias catastróficas… Pide a la Comisión que proponga la prohibición completa del uso de las tecnologías mineras a base de cianuro en la Unión Europea antes de finales de 2011, puesto que es la única forma segura de proteger nuestros recursos hídricos y ecosistemas de la contaminación por cianuro procedente de las actividades mineras”.

Con mucha más razón una política similar debe ser adoptada cuanto antes por nuestro país, que sirva de ejemplo para las demás naciones que integran el Sistema de Integración Centroamericano (SICA), dando continuidad y profundizando de este modo las moratorias decretadas por los gobiernos de Costa Rica y El Salvador y la reciente prohibición dictada en Guatemala contra la mina Marlin.

Además, el Poder Ejecutivo debe cancelar la concesión irregularmente otorgada a Industrias Infinito para que cese sus operaciones en la zona de Crucitas, dada la ausencia total de experiencia previa por parte de esta empresa como lo exige nuestra legislación.


*Secretario Ejecutivo Red Centroamericana de Acción del Agua (FANCA).



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Comentarios (4)
4 Miércoles 21 de Julio de 2010 20:15
Andrés Alfaro
DURO REVÉS PARA QUIENES PRETENDÍAN LA PROHIBICIÓN DEL CIANURO EN ESE CONTINENTE

COMISIÓN EUROPEA RECHAZA RESOLUCIÓN DEL PARLAMENTO SOBRE EL USO DE CIANURO EN MINERÍA.
LA UNIÓN EUROPEA ACABA DE DAR UN REVÉS A LOS SECTORES QUE PRETENDÍAN LA PROHIBICIÓN DEL CIANURO EN ESE CONTINENTE. Y DEJA MÁS EN EVIDENCIA LAS RESTRICCIONES DE MENDOZA.

La Comisión Europea, el órgano ejecutivo de la Unión Europea, rechazó la propuesta de resolución presentada por el Parlamento Europeo, del pasado 5 de mayo, que pedía proscribir “tecnologías mineras a base de cianuro y eliminar cualquier apoyo directo o indirecto a proyectos mineros que supongan el uso de ese elemento”.

La propuesta fue presentada a fines de abril por los eurodiputados miembros del Grupo Popular Europeo, el húngaro János Áder y el rumano László Tokés, quienes impulsaron la prohibición del cianuro en la extracción de oro en toda la UE.

“Luego de un análisis en profundidad sobre el tema, la Comisión considera que UNA PROHIBICIÓN GENERAL DEL USO DEL CIANURO EN LAS ACTIVIDADES MINERAS, NO ESTÁ JUSTIFICADA DESDE PUNTOS DE VISTA AMBIENTALES O DE SALUD, explicó el esloveno Janez Potocnik, Comisionado Europeo para el Medio ambiente.

“La legislación existente sobre manejo de residuos mineros (Directiva 2006/21/EC) incluye precisiones y requerimientos estrictos que aseguran un adecuado nivel de seguridad en el manejo de los residuos mineros. Los valores límites de almacenamiento de cianuro, como se definen en la Directiva, son los más rigurosos posibles e implican en la práctica la destrucción del cianuro utilizado”, añadió el funcionario.

Potocnik fue más lejos: “La prohibición general del uso de cianuro implicaría el cierre de minas existentes que operan en condiciones seguras. Esto sería perjudicial para el empleo sin valores agregados para el medio ambiente o la salud”.

La Comisión dejó en claro que seguirá de cerca los desarrollos tecnológicos en el sector con el fin de asegurar que “las mejores técnicas disponibles” sean aplicadas en la práctica, como se requiere en la directiva europea. El órgano ejecutivo considera que la prioridad debería establecerse en asegurar la aplicación completa de la normativa por los países miembros.

La propuesta de los parlamentarios europeos de prohibir en ese continente la lixiviación con cianuro en las faenas mineras tuvo notable eco en otros países. En la Argentina, diversos medios, por desconocimiento o por informaciones tergiversadas de opositores a la minería, publicaron que Europa había prohibido lisa y llanamente el cianuro en esta industria.

A mediados de junio, los gobiernos de Argentina, Chile, Uruguay, Paraguay, Ecuador, con la adhesión de Brasil emitieron en Buenos Aires una “Declaración Minera del Mercosur”, que cuestionaba la aplicaciones de tales restricciones.

Fuente: Mendoza Económico,
Minning Press y Sitio Oficial del Parlamento Europeo (http://www.europarl.europa.eu/sides/getAllAnswers.do?reference=P-2010-3589&language=ES)
3 Martes 20 de Julio de 2010 22:56
Manuel Ríos
Y si es así, que el exministro Rodríguez es el único culpable de la aprobación del estudio de impacto ambiental de Crucitas, no se puede entender cómo ese señor ahora habla y requetehabla en contra de la mina QUE EL APROBARA.
2 Martes 20 de Julio de 2010 22:23
Alejandro
Que casualidad que se publicara este artículo el mismo día que nos enteramos que Comisión Europea ha rechazado una propuesta de prohibición a escala europea sobre el uso del cianuro en la actividad minera.

Con eso la argumentación se va al suelo
1 Martes 20 de Julio de 2010 17:15
Carlos Villalobos
SETENA rechazó en primera instancia el estudio de impacto ambiental. Fue porque el exministro de Ambiente Carlos Manuel Rodríguez Echandi echara abajo lo acordado por SETENA fallando a favor de la minera el recurso de apelación que después hubo que darle la viabilidad ambiental que ahora lamentamos.